- Conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad
- Respetar la duración pactada
- Devolución de la fianza legal
- Permitir que el inquilino ceda el contrato a otras personas en determinados casos
- Hacer reformas en caso de discapacidad propia o del cónyuge
- Mantener el contrato de alquiler pese al cambio de propietario
¿Quiere alquilar una propiedad? Antes de comenzar a alquilar debe tener en cuenta algunos puntos a cumplir. Debe procurar mantenerse dentro del marco legal que enmarca los alquileres inmobiliarios y asà evitar problemas futuros.
Cuando se firma un contrato de alquiler con un inquilino, legalmente, este contrato lo une a él y define los derechos y obligaciones de cada uno. Las obligaciones básicas del propietario aparecen en diversos artÃculos de la Ley de Arrendamientos Urbanos y se pueden resumir en las siguientes:
Conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad
Para alquilar una propiedad esta debe cumplir una serie de criterios: garantizar la seguridad, tranquilidad y salud de los inquilinos, y también, mediante criterios de superficie y volumen, una comodidad mÃnima.
Esta es la principal obligación de todo propietario y supone realizar todas las reparaciones necesarias para que la vivienda sea habitable, sin derecho a subir la renta. Por ejemplo, si se estropea la calefacción, salvo que sea por negligencia del inquilino, el arreglo corresponde al propietario.
Respetar la duración pactada
El propietario no puede terminar el contrato en cualquier momento salvo que exista un incumplimiento del inquilino o se de alguno de los casos legalmente previstos. El alquiler tendrá que alcanzar una duración mÃnima de 3 años.
Devolución de la fianza legal
En el caso en que el alquiler finalice y no existan incumplimientos del inquilino (no deba ningún mes de renta, suministros, u otros gastos y la vivienda esté en buen estado), el propietario deberá devolver la fianza legal de un mes de renta que entregó el inquilino en el momento de la firma del contrato.
Permitir que el inquilino ceda el contrato a otras personas en determinados casos
El propietario tiene obligación de permitir que continúe el alquiler de la vivienda, aunque en ella no viva el inquilino sino su cónyuge no separado legalmente o de hecho o sus hijos. Además, en caso de nulidad, separación o divorcio el cónyuge del inquilino puede pasar a ser titular del alquiler si asà lo decide un juzgado.
Hacer reformas en caso de discapacidad propia o del cónyuge
El propietario tiene la obligación de permitir obras de adaptabilidad en el interior de la vivienda si el inquilino, su cónyuge o las personas o familiares que conviven de forma permanente en la vivienda tienen alguna discapacidad o más de 70 años. Eso sÃ, estas no deben afectar a elementos o servicios comunes del edificio, ni a la estabilidad o seguridad de este, y, finalizado el contrato, el propietario puede exigir que el inmueble quede tal y como estaba al principio.
Mantener el contrato de alquiler pese al cambio de propietario
Si se ha comprado una vivienda con inquilinos y se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad, se tiene la obligación de mantener el contrato de alquiler a estos, sus cónyuges no separados legalmente o de hecho, o sus hijos dependientes con los mismos derechos y obligaciones que tenÃan hasta ese momento.
En caso que el inquilino quiera hacer uso de la vivienda puede continuar durante tres meses. Deberá pagará la renta y otras cantidades que se devenguen, y podrá reclamar al vendedor una indemnización por daños y perjuicios.
Pago de impuestos y tasas municipales
El propietario tendrá obligación de pagar los impuestos que se refieran a la vivienda como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles o la Tasa de Basuras, aunque podrá repercutir el pago al inquilino.
Es importante tener en cuenta que como propietario en el caso en que incumpla sus obligaciones, el inquilino tiene derecho a reclamar el cumplimiento y la resolución del contrato, además de una indemnización si se han producido daños y perjuicios.