Depósito de garantía alquiler

Usted es el propietario y ya pasaron algunas semanas después de su anuncio en busca de un inquilino. Después de algunas visitas interesantes, finalmente se ha encontrado con el inquilino ideal para alquilar su propiedad y el mismo también está listo para firmar el contrato. Como precaución, decide que el nuevo inquilino le pague un depósito de garantía para cuidarse de daños u otras reparaciones en el futuro.

El depósito de garantía, ¿qué es?

Descargue una plantilla de una lista de documentos a proporcionar para un alquiler.
El depósito de garantía no es un garante o un anticipo de alquiler. El garante es una persona que responderá por el inquilino por el alquiler y diversos cargos. El depósito, mientras tanto, es un monto que el inquilino paga. Esta cantidad de dinero se utilizará para anticipar los diversos costos relacionados con la degradación de su propiedad.

Recibo de (Nombre, Apellido del inquilino a especificar)

La suma de (monto a especificar) euros.

Por el monto de un depósito correspondiente a un mes de alquiler, excluidos los cargos, por la vivienda ocupada ubicada en (se debe especificar la dirección completa).

¿Cuánto puede pedirle a su inquilino?

EL monto del depósito de garantía que puede hacerle a su inquilino depende del tipo de propiedad que está alquilando.

Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (Título IV, Artículo 36) el Arrendador puede pedir un depósito (fianza de alquiler) a su inquilino, consistente en:

  • Viviendas: Una mensualidad de fianza
  • Viviendas con muebles: Una mensualidad de fianza
  • Locales comerciales: Dos mensualidades de fianza
  • Oficinas: Dos mensualidades de fianza
  • Parkings/Garajes/Trasteros: Dos mensualidades de fianza

Durante los cinco primeros años del contrato, la fianza no estará sujeta a actualización. Pero cada vez que el arrendamiento se prorrogue, el arrendador podrá exigir que la fianza sea incrementada hasta hacerse igual (una o dos mensualidades según lo que corresponda) al alquiler vigente.

Por su parte las partes podrán pactar un depósito de garantía para el cumplimiento por el inquilino de sus obligaciones, adicional a la fianza. Por lo que el propietario podría pedir más mensualidades en concepto de esta garantía adicional, contratar un seguro o un aval bancario, sea cual sea el tipo de contrato.

¡A notar!

La LAU no permite el pago por adelantado de más de una mensualidad de renta.

¿Cuándo se paga?

El inquilino pagará el depósito de garantía al momento de firmar el contrato de arrendamiento, el cual es obligatorio según la LAU y  tiene que figurar entre las cláusulas del contrato de arrendamiento que propietario e inquilino firman.

¿Cuándo devolver el depósito al inquilino?

A la finalización del contrato, el propietario dispone de 30 días para devolver la fianza legal, si corresponde. En este periodo, deberá revisar la vivienda y comprobar que todo se ha desarrollado con normalidad.

¿Deberíamos devolver el depósito en su totalidad?

La respuesta es no. En algunos casos, no puede devolverlo en absoluto. Cuando su inquilino no ha pagado el alquiler o cuando ha causado un gran daño que le exige una gran reparación de su propiedad, puede hacer retenciones parciales o totales.

Puede justificar las retenciones con un presupuesto simple hecho por un profesional …

En la mayoría de los casos, solo puede retener el 20% del monto del depósito. Sin embargo, ya sea que decida quedarse con el depósito de garantía o hacer retenciones, tendrá que justificar el dinero que usará para el trabajo de restauración. Para hacer esto, use presupuestos o facturas relacionadas con el trabajo.

¡Bueno saber!

La jurisprudencia recuerda que el depósito no es un pago de alquiler. El inquilino no puede decidir no pagar el alquiler y pedirle al propietario que lo cargue contra el depósito.

Cabe recordar, que en ningún caso la fianza debe usarse como pago de la última mensualidad del alquiler.

En el caso de la última renta no pagada, el propietario puede retener la suma del depósito pero el inquilino no puede reclamar el recibo.

¿Cómo evitar conflictos con su inquilino?

En caso de conflicto entre usted y su inquilino, una resolución amistosa es más que recomendable. Si esta estrategia falla, lo primero que deberá hacer es requerir el pago al inquilino de un modo fehaciente, es decir, enviarle una carta reclamando la deuda por un medio que deje constancia de la recepción. En esta carta se requerirá al inquilino que abone la deuda en un plazo determinado. Además, también se le advertirá de que si transcurre dicho plazo y no procede al pago se acudirá a la vía judicial o a la vía del arbitraje, dependiendo del procedimiento que se haya acordado en el contrato de arrendamiento para la resolución de conflictos.

Los conflictos se pueden evitar desde el principio al aclarar ciertos puntos. Por ejemplo, se debe explicar al inquilino que el depósito que se solicita no es un anticipo del alquiler. El inquilino normalmente tendrá que pagar su alquiler aparte del depósito.

Los conflictos entre inquilinos y propietarios a menudo se derivan de la dificultad de distinguir entre el envejecimiento natural y el deterioro.

La noción de desgaste

Cuando vea la condición de su propiedad, tendrá que distinguir entre el desgaste normal y el daño real causado por su inquilino. De hecho, el costo de las reparaciones debido al desgaste natural son su responsabilidad y no del inquilino. Puede leer nuestro archivo completo sobre obsolescencia.

Recolección de las llaves

Con el fin de garantizar la entrega sin problemas del depósito, las llaves deben entregarse a mano o por carta certificada con acuse de recibo. En esta recepción, es imprescindible que se comunique la nueva dirección del inquilino para que pueda enviar el depósito. Siempre que sea posible, evite aceptar la entrega de llaves a través de otra persona que no sea el arrendatario.

En conclusión

Cuando pone en alquiler sus propiedades, el depósito puede protegerlo y financiar sin mucha dificultad cualquier reparación causada por el daño dejado por su anterior inquilino. El hecho de que usted haya tomado un seguro de impago de rentas no impide que usted pueda solicitar un depósito. En cualquier caso, pedir un depósito se recomienda, incluso si no es realmente obligatorio para que usted como propietario.

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