¿Cómo recuperar la vivienda alquilada?

Hay varias razones que justifican la recuperación de una vivienda por parte de su propietario. Esta recuperación puede ser justificada por razones personales y / o legítimas. Sin embargo, la recuperación de una vivienda por parte de su propietario puede ser una verdadera carrera de obstáculos. Por lo tanto, es esencial que el propietario cumpla con las regulaciones y fechas límite actuales para recuperar su propiedad legalmente. Entonces, ¿cómo recuperar la vivienda alquilada?

Recuperar para vivienda permanente

El propietario puede recuperar la vivienda alquilada, únicamente, en caso de necesitarla para él o un familiar en primer grado de consanguinidad o por adopción, o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.

La recuperación de la vivienda no podrá solicitarse hasta tanto no haya transcurrido el PRIMER AÑO del contrato.

Debe comunicarle la decisión al inquilino al menos con DOS MESES de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el inquilino estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.

No basta solo la mera comunicación, sino que la causa deberá ser cierta y acreditada, por EJEMPLO: copia de la sentencia de divorcio donde se atribuya la vivienda alquilada a uno de los cónyuges. Acreditar que uno de los hijos no tiene vivienda donde residir, etc.

El plazo que tiene el propietario o familiares para ocupar la vivienda recuperada es de TRES MESES. Si no se ocupase en dicho plazo, el inquilino podrá nuevamente pedir en el plazo de TREINTA DIAS retornar a la vivienda y volver al alquiler por una duración de tres años.

Estimado/a Sr/a.

En calidad de arrendador del contrato de alquiler suscrito entre ambas partes el día (fecha a especificar), de la vivienda ubicada en (dirección completa a especificar), me dirijo a Usted, por medio de la presente, para comunicarle mi deseo de recuperar el citado inmueble para destinarlo a vivienda permanente, a partir del día (fecha a especificar).

Que, dicha notificación se realiza dos meses antes de la fecha en que se va a necesitar la vivienda, conforme a lo dispuesto en el artículo 9.3 de la LAU 29/1994, reformada por Ley 4/2013, interrumpiendo cualquier clase de prórroga del presente contrato.

Por lo tanto, y de acuerdo con la legislación vigente señalada, le comunico en tiempo y forma mi decisión de recuperar el inmueble arrendado para destinarlo a vivienda permanente de quien suscribe y de mi familia.

Quedo a su disposición para concertar una cita para proceder con la entrega de las llaves y hacer un inventario de los muebles.

Un cordial saludo.

(Su Nombre)

En el caso mencionado, el inquilino podrá pedir una indemnización por los gastos que el desalojo le hubiese supuesto (mudanza, otro alquiler, etc.).

Recuperar por incumplimientos legales

El propietario puede reclamar su vivienda por diversas razones graves y legítimas. Los casos mas comunes son:

  1. Dejar de pagar el alquiler. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) recoge la obligación del pago de las rentas en el Título III, el cual se aplicará supletoriamente a la voluntad de las partes. Esto se traduce en que las partes pueden pactar libremente el número de mensualidades impagadas que motiven la resolución del contrato.
  2. Falta de pago de la fianza o de su actualización. El pago de la fianza se constituye como una obligación imperativa puesto que viene regulado en el Título IV. Es decir, el impago de la fianza así como de sus actualizaciones serán motivo para resolver el contrato».
  3. Subarrendar la vivienda. Para poder subarrendar una vivienda, ya sea entera o por habitaciones, debe constar por escrito en el contrato de arrendamiento. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) especifica que la cesión o subarriendo del inmueble sin consentimiento es motivo para rescindir el contrato de alquiler. En caso de tener permiso expreso para subarrendar, si las cantidades percibidas superan el precio de la renta, el propietario también podrá rescindir el contrato.
  4. Daños causados por el inquilino en la vivienda o realizar obras no consentidas por el propietario: Si en el contrato se especifica que el inquilino no puede hacer reformas y las realiza sin preguntar o el propietario le niega el permiso para hacer una obra, es motivo de resolución contractual.
  5. Llevar a cabo actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas dentro de la vivienda. Si se llevan a cabo actividades que reúnan cualquiera de estas características, serán motivo para resolver el contrato.
  6. Alquilar un inmueble para vivir en él y luego utilizarlo para uso diferente de vivienda, como una actividad empresarial, es también un incumplimiento con el contrato de alquiler.

Cómo reclamar el pago a un inquilino moroso

  1. Llamar la atención
    Primero se debe intentar resolver amigablemente. Es decir, contactar por teléfono o escrito y recordar la deuda que el inquilino tiene pendiente.
  2. Reclamar por vía legal
    Si igualmente, el inquilino no hace caso, el propietario deberá volver a reclamar la deuda a través de una prueba legal como pueden ser un burofax, un conducto notarial o un acto de conciliación judicial.
  3. Ir a juicio
    Pero si ni así el moroso reacciona, ha llegado la hora de ir por proceso judicial. Aquí se puede elegir o reclamar la deuda, o resolver el contrato y solicitar el desahucio, o las dos cosas a la vez.

Medidas preventivas

Para que pueda alquilar su inmueble sin pasar por estos escollos, la mejor medida es la prevención. Antes de firmar el contrato compruebe la identidad y solvencia del inquilino pidiendo la copia de dos nóminas, su número de seguridad social y uno o dos meses de fianza. Así como también puede contratar un seguro de impago.

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